13 de Marzo de 2012, Alberto López

Plazos de pago legales en las operaciones comerciales

En la lucha contra el aumento de impagos, retrasos y prórrogas en la liquidación de facturas vencidas en las operaciones comerciales tanto en el ámbito de las empresas españolas, como en el sector público, el Gobierno aprobó en 2010 la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Desde FraLucca, queremos recordar los puntos más importantes que incorpora esta ley y ofrecernos para revisar los acuerdos comerciales de cualquier pyme, porque creemos que la mayoría de las pymes, ya bien entrados en 2012, aún no están exigiendo a sus clientes el cumplimiento de dicha normativa, lo cual contribuye a sus actuales problemas de tesorería.

1. Queda suprimida la posibilidad de -pacto entre las partes-:

Como primer punto hay que destacar que queda suprimida la posibilidad de -pacto entre las partes- para establecer plazos de pago más amplios que los máximos permitidos.

2. Plazo de pago máximo que debe cumplir el deudor:

60 días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, aunque el deudor reciba la factura o la solicitud de pago equivalente antes que los bienes o servicios.

Calendario de aplicación:

Fechas de aplicación Plazo de pago
07/07/2010 a 31/12/2011 85 días
01/01/2012 a 31/12/2012 75 días (vigente hoy)
A partir del 01/01/2013 60 días

Para los productos de alimentación frescos y perecederos – A partir del 07/07/2010 – 30 días.

3. Indemnización por costes de cobro:

Aunque no existen aún sanciones de la Administración por el incumplimiento de los plazos establecidos en esta ley, sí se regula la indemnización por costes de cobro:
“Cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora de éste. La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15 por ciento de la cuantía de la deuda, excepto en los casos en que la deuda no supere los 30.000 euros en los que el límite de la indemnización estará constituido por el importe de la deuda de que se trate.”

4. Validez de la factura electrónica:

“La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo de plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la recepción por el interesado.”

5. Agrupación de facturas:

“Podrán agruparse facturas a lo largo de un período determinado no superior a 15 días, mediante una factura comprensiva de todas las entregas realizadas en dicho período, factura resumen periódica, o agrupándolas en un único documento a efectos de facilitar la gestión de su pago, agrupación periódica de facturas, y siempre que se tome como fecha de inicio del cómputo del plazo, la fecha correspondiente a la mitad del período de la factura resumen periódica o de la agrupación periódica de facturas de que se trate, según el caso, y el plazo de pago no supere los 60 días desde esa fecha.»”

6. Deber de información en la Memoria de las Cuentas Anuales:

“Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales.”

NOTA: Consultar próximo post de “Párrafos nuevos a incluir en las Cuentas Anuales del ejercicio 2011”.

1 de Marzo de 2012, Alberto López

Tareas y obligaciones del mes de Marzo 2012

Tareas específicas del mes de Marzo:

  • Hasta el día 31 – Acta formulación CCAA (sociedades con Consejo)
  • Hasta el 2 de abril – Resumen anual de operaciones (347)
MARZO
L M Mi J V S D
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31

Tareas mensuales:

  • Declaración y pago Seguridad social el último día hábil de cada mes.
  • Cierre mensual (Enero-Febrero y Julio-Agosto unificados)
  • Día 20 – Declaración y pago IVA mes anterior, en sociedades con IVA mensual
  • 12 primeros días de cada mes – Intrastat mes anterior

Link al calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria: Calendario del Contribuyente

#FraTareas

18 de Febrero de 2012, Paco López

Febrero 2012: Nuevas retenciones de IRPF

Una nueva escala de retención del IRPF en las nóminas se pone en práctica en este mes de febrero. Eso quiere decir que, a igual nivel de sueldo, el neto que recibirá un empleado será inferior al que venía percibiendo.

El porcentaje de retención depende del nivel de sueldo bruto anual y de otros factores personales del receptor, principalmente su estado civil y el número de hijos.

Si se quiere hacer un cálculo exacto, sugerimos acceder al programa de la Agencia Tributaria que se puede encontrar gratuitamente en su página web aeat.es.

También hay otras webs de ayuda: calculoirpf.es, irpf.eu, etc.

La nueva escala vigente de tributación por IRPF, a partir del 1 de febrero de 2012, en base a la cual se calcula la retención a realizar, será la siguiente:

TRAMOS IRPF
de Hasta Retención Adicional Total
0,00 17.707,00 24,00% 0,75% 24,75%
17.707,00 33.007,00 28,00% 2,00% 30,00%
33.007,00 53.407,00 37,00% 3,00% 40,00%
53.407,00 120.000,00 43,00% 4,00% 47,00%
120.000,00 175.000,00 44,00% 5,00% 49,00%
175.000,00 300.000,00 45,00% 6,00% 51,00%
300.000,20 - 45,00% 7,00% 52,00%

Como se puede ver, el porcentaje de retención se incrementa en un 0,75% como mínimo, y un 2 a 3% en los tramos salariales más normales.

Para consultas adicionales, pueden ponerse en contacto con nosotros.

15 de Febrero de 2012, Alberto López

Resumen rápido de la Reforma Laboral vigente desde el 12 de febrero de 2012 desde la perspectiva práctica de la pyme

Despidos improcedentes

  1. A partir de esa fecha, los despidos improcedentes supondrán 33 días de salario por año de antigüedad con tope de 24 mensualidades.
  2. La antigüedad anterior computará a 45 días por año.
  3. Los contratos anteriores a 12/02/2012 mantendrán un tope de 42 mensualidades.
  4. No se pagarán salarios de tramitación en los despidos improcedentes.

Despidos objetivos

  • Se regula con más precisión el despido por disminución persistente del nivel de ventas y el despido por absentismo.
  • Se concreta que disminución persistente del nivel de ventas es caída de ventas en tres trimestres consecutivos.
  • Se concreta que se podrá despedir a quien falte al trabajo un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o 25% en cuatro meses discontinuos en un año.

EREs

  • Se aparta a la autoridad laboral del proceso de autorización el ERE, haciendo el proceso más rápido y sencillo.
  • Los casos de desacuerdo se dirimen ante el juzgado de lo social.

Modificación de condiciones de trabajo

  • Las empresas pueden modificar las condiciones de trabajo (incluidos los sueldos) con un preaviso de 15 días a los trabajadores, si se hace de forma individual, y de 15 días de consultas más 7 días de preaviso para las modificaciones colectivas.

Modificaciones en los convenios

  • Se simplifica el descuelgue.
  • Se da preferencia al convenio de empresa sobre los generales.
  • Se limita a 2 años la prórroga automática de los convenios.

Medidas de flexibilidad interna

  • Movilidad funcional:
    • Desaparecen las categorías.
    • Todos los trabajadores quedarán adscritos a grupos profesionales.
  • Ajuste de la jornada a la carga de trabajo:
    • La empresa podrá distribuir de manera irregular el 5% de la jornada a lo largo del año
  • Más apoyo a la movilidad geográfica

Nuevo contrato indefinido en jornada completa de apoyo a la pyme de menos de 50 trabajadores

  • Con 1 año de prueba
  • Con incentivos fiscales y bonificaciones en la SS para menores de 30 años o mayores de 45

Mejoras en el contrato de formación y aprendizaje

  • Ampliación de su duración máxima a 3 años (mínima 1)
  • Ampliación de la edad hasta 30 años
  • Nuevas deducciones de cuotas de SS

Derecho a la formación potenciado

  • Derecho del trabajador a un permiso retribuido de 20 horas de formación anuales, vinculadas a su puesto de trabajo.

Contrato a tiempo parcial

  • Se permitirá la realización de horas extraordinarias.
1 de Febrero de 2012, Alberto López

Tareas y obligaciones del mes de Febrero 2012

Tareas específicas del mes de Febrero:

  • Hasta día 29 – posibilidad de cambio del método de cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades (IS)
  • Recomendación – Preparación cierre provisional ejercicio anterior y cálculo provisional del IS ejercicio anterior
FEBRERO
L M Mi J V S D
1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29

Tareas mensuales:

  • Declaración y pago Seguridad social el último día hábil de cada mes.
  • Cierre mensual (Enero-Febrero y Julio-Agosto unificados)
  • Día 20 – Declaración y pago IVA mes anterior, en sociedades con IVA mensual
  • 12 primeros días de cada mes – Intrastat mes anterior

Link al calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria: Calendario del Contribuyente

#FraTareas

11 de Enero de 2012, Paco López

Principales novedades fiscales para la empresa en 2012

Impuesto afectado NOVEDAD Fecha de entrada en vigor Fecha de la primera declaración afectada (*) Comentario adicional
IVA Presentación del mod. 347 con detalle por trimestres Ejercicio 2011 31/03/2012  
IRPF Elevación del tipo de gravamen para todos los tramos de renta 01/01/2012 30/06/2013 Pasan del 24% al 24,75% los mínimos (para renta inferiores a 17.707€), y del 49% al 56% los máximos (para rentas superiores a 300.000€)
IRPF Elevación de los tipos de retención a las rentas del trabajo 01/02/2012 20/04/2012 Los porcentajes de retención pasan de 24% a 24,75% mínimo (para renta inferiores a 17.707€), y de 45% a 52% máximo (para rentas superiores a 300.000€)
IRPF Elevación del tipo de gravamen para las rentas del capital 01/01/2012 30/06/2013 De 0 a 6.000€, el 21%. De 6.001 a 24.000, el 25%. De 24.001 en adelante, el 27%
IRPF Elevación del tipo de retención a las rentas del capital y del arrendamiento de inmuebles 01/01/2012 20/04/2012 Pasa del 19% al 21%
IRPF Elevación del tipo de retención a las rentas de administradores y consejeros 01/01/2012 20/04/2012 Pasa del 35% al 42%
Impuesto de Sociedades Elevación del tipo aplicable a los pagos fraccionados 01/01/2012 20/04/2012 Pasa del 17% al 18% el tipo en la opción de pago en base a la cuota del ejercicio anterior
Impuesto de Sociedades Elevación del tipo de retención e ingreso a cuenta en rentas del capital y del arrendamiento de inmuebles 01/01/2012 20/04/2012 Pasa del 19% al 21%
Impuesto de Sociedades Prórroga del tipo reducido del 20% para microempresas 01/01/2012 31/7/2012 para 2011, 31/7/2013 para 2012 Pymes de menos de 5 M€ de facturación y menos de 25 empleados, si mantienen o crean empleo, seguirán pagando el 20% en vez del 25% (hasta 300.000€ de base imponible)
Impuesto Renta No Residentes (IRNR) Elevación del tipo de gravamen general 01/01/2012 30/06/2013 Pasa del 24% al 24,75%
Impuesto Renta No Residentes (IRNR) Elevación del tipo de retención a las rentas del capital 01/01/2012 20/04/2012 Pasa del 19% al 21%
(*) Para grandes empresas, las fechas varían, al estar obligadas a declaraciones mensuales      
2 de Enero de 2012, Alberto López

Tareas y obligaciones del mes de Enero

A partir de hoy y con carácter mensual, informaremos de las tareas y obligaciones tanto fiscales como contables que tiene una PYME con ejercicio contable y fiscal igual al año natural.

Tareas específicas del mes de Enero:

ENERO
L M Mi J V S D
1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31
  • 20 – Declar. y pago IRPF e IRNR 4T
  • 30 – Declar. y pago IVA 4T y Resumen anual
  • 30 – Resumen anual IRPF e IRNR
  • Preparación cierre provisional ejercicio anterior
  • Hasta fin de mes – posibilidad notificación censal cambio IVA

Tareas mensuales:

  • Declaración y pago Seguridad social el último día hábil de cada mes.
  • Cierre mensual
  • 20 del mes siguiente – Declaración y pago IVA en sociedades con IVA mensual
  • 12 primeros días de cada mes – Intrastat mes anterior
14 de Diciembre de 2011, Paco López

Unir emprendedores e inversores

FraLucca está orientada a apoyar al máximo a los emprendedores que desean empezar una nueva empresa o relanzar sus empresas actuales con nuevos proyectos. Damos todo el soporte necesario para crear una nueva sociedad y para administrarla y llevar el control de gestión y las finanzas de la misma, a un coste muy ajustado y con una calidad de gran empresa.
En esa misma línea recomendamos la web www.sociosinversores.es, que trata de unir a emprendedores que necesitan capital con inversores que buscan proyectos interesantes.

13 de Diciembre de 2011, Paco López

Cambios en las declaraciones anuales 347 y 340

El pasado 27 de noviembre entró en vigor el Real Decreto 1615/2011 de 14 de noviembre que recoge las modificaciones introducidas en los modelos 347 y 340, para las declaraciones referentes al período impositivo del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2011. Se trata de unos cambios que hacen necesaria la adaptación de todos aquellos programas informáticos que abarcan la tributación, a los que hay que añadir además las modificaciones introducidas con la Orden EHA/3378/2011 referente a la modificación del plazo de presentación de la declaración anual de operaciones con terceros.
En primer lugar, con este último cambio, la presentación del modelo 347 finalmente se adelanta a febrero, tal y como se esperaba. A pesar de ello, la Orden EHA/3378/2011 de 12 de diciembre estipula que, de forma transitoria, el modelo 347 correspondiente a 2011 se tendrá que presentar de nuevo durante el mes de marzo de 2012. Se trata de una excepción que ha supuesto un alivio para todas aquellas compañías con procesos contables poco automatizados, a las cuales la necesidad de adelantar con un mes la elaboración del modelo 347 les habría supuesto un sobresfuerzo.
Otra de las novedades en el modelo 347 ha sido el que, a pesar de mantenerse el formato de una única declaración anual, en la misma la información sobre las operaciones realizadas para el período 2011 deberá presentarse desglosada por trimestres.
FraLucca tiene resuelto ese problema al utiizar para todos sus clientes Sage Logic Class (Murano).
Cualquier empresa que no sea capaz de resolver estos requerimientos puede contactar con nosotros para encontrar una solúción barata y rápida, sea externalizando la contabilidad en nuestra división de Servicios Administrativos, o implantando Sage Murano conla ayuda de nuestra división de Consultoría y Soluciones Sage.

1 de Diciembre de 2011, Paco López

Venta y constitución de sociedades por 0€

FraLucca lanza su servicio de venta y constitución de sociedades express por 0€

Si cualquier persona física o jurídica quiere comprar una sociedad limitada express, FraLucca se la vende en 1 día por sólo 300€ más el capital de 3.000€, es decir, por 3.300€, más los gastos de notario y registro de la venta.

Si quiere constituir una sociedad express, FraLucca le ayuda a hacerlo en un día, por sólo 300€, gastos de notario y registro incluidos.

Si nos contrata la gestión contable de la sociedad, le abonaremos los 300€, de modo que la constitución o la compra le saldrá GRATIS.

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